
Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases.
Suena a BOE, a lenguaje técnico y a dolor de cabeza.
Pero, bien entendido, es también una brújula: te dice qué tienes que hacer para cumplir la ley y, de paso, cómo usar los envases (de vidrio incluido) para mejorar tu marca y no solo “salvar el expediente”.
Vamos a hacer un resumen claro, práctico y sin tecnicismos innecesarios, pensado para negocios que usan envases de vidrio.
1. ¿Qué es el RD 1055/2022 en una frase?
El RD 1055/2022, de 27 de diciembre, es la norma española que regula todo lo relacionado con envases y residuos de envases: cómo se ponen en el mercado, cómo se gestionan sus residuos y quién paga la fiesta.
Su objetivo principal es:
Prevenir y reducir el impacto ambiental de los envases a lo largo de todo su ciclo de vida, impulsando la economía circular.
En la práctica, afecta a:
- quien fabrica envases,
- quien envasa productos,
- quien importa productos envasados,
- y a todo el que los pone en el mercado español (domésticos, comerciales e industriales).
2. La gran idea del RD 1055/2022: la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP)
La pieza clave del decreto es la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP):
Si pones envases en el mercado, eres responsable también de lo que pasa con ellos cuando se convierten en residuo.
Eso implica, entre otras cosas:
- Financiar la recogida y tratamiento de esos residuos (vía SCRAP como Ecoembes, Ecovidrio, Envalora, etc.).
- Diseñar envases pensando en el reciclaje (ecodiseño).
- Informar y declarar qué envases pones en el mercado y en qué cantidades.
Y ya no solo para envases domésticos (los que llegan al consumidor final), sino también para:
- envases comerciales (cajas, palés, film, etc. en comercios),
- y envases industriales (sacos, big-bags, bidones, embalajes de logística…).
Si hasta ahora dabas por hecho que “eso lo arregla el contenedor”, el decreto te está diciendo:
no, ahora te toca implicarte de verdad.
3. RD 1055/2022 resumen en 5 claves (sin jerga)
3.1. Objeto: menos residuos, más circularidad
El decreto quiere:
- prevenir la generación de residuos de envases,
- priorizar la reutilización y el reciclaje,
- reducir la eliminación en vertedero y la “basura dispersa”.
Es decir, menos envase absurdo y más envase bien pensado.
3.2. RAP para todos los envases (domésticos, comerciales e industriales)
Hasta ahora la RAP se asociaba sobre todo a envases domésticos.
Con el RD 1055/2022:
- se extiende la RAP a todos los tipos de envases,
- y obliga a los productores a organizar y financiar su gestión.
Esto ha cambiado de forma muy clara a partir de 2025 para envases comerciales e industriales, donde sectores como retail, hostelería o logística han tenido que entrar de lleno en el sistema.
3.3. Registro de Productores de Producto: si no estás, es problema
Se crea una sección específica de envases en el Registro de Productores de Producto.
Estás obligado a inscribirte si:
- fabricas envases,
- envasas productos,
- importas o adquieres intracomunitariamente productos envasados,
- los pones por primera vez en el mercado español.
Al registrarte debes declarar:
- tipos de envases,
- materiales (vidrio, plástico, cartón…),
- cantidades,
- y, después, presentar informes anuales sobre lo que has puesto en el mercado.
3.4. Objetivos de recogida y reciclado por material
El decreto fija objetivos mínimos de recogida separada y reciclaje por material. Para envases domésticos, por ejemplo:
- Vidrio: al menos 70 % de recogida separada en peso en 2025.
- Plástico, papel-cartón, metales… con objetivos específicos.
¿Esto qué significa para ti?
- Tus cuotas al SCRAP y tu “paz mental” jurídica dependerán de que el sistema cumpla esos objetivos.
- Y el sistema te va a presionar (con tarifas, eco-modulación, etc.) para que tus envases sean más fáciles de recoger y reciclar.
3.5. Marcado, etiquetado e información al consumidor
El RD 1055/2022 regula qué información debe aparecer en el envase y su etiqueta, diferenciando:
- información obligatoria (material, fracción/contendor, etc.),
- información voluntaria,
- y mensajes que no se pueden usar por inducir a error (greenwashing).
Además, el Ministerio (MITECO) ha publicado notas interpretativas sobre:
- cómo informar al consumidor del contenedor adecuado,
- cómo marcar correctamente el material,
- cómo aplicar plazos transitorios para agotar stock de producto ya etiquetado.
4. RD 1055/2022 y envases de vidrio: ventaja… pero con deberes
Si trabajas con botellas y tarros de vidrio, puedes respirar un poco mejor que quien depende del plástico, pero no puedes desconectar.
4.1. Lo bueno para el vidrio
- El vidrio ya encaja muy bien en la economía circular: es reciclable infinitas veces sin perder calidad.(Ministerio de Transición Ecológica)
- España supera los objetivos de reciclaje de la UE para envases de vidrio, con tasas por encima del 70 %.
- El consumidor percibe el vidrio como seguro, reutilizable y “premium”.
4.2. Lo que el RD 1055/2022 te exige igualmente
- Estar en el Registro de Productores de Producto si pones envases de vidrio en el mercado.
- Participar en un SCRAP de vidrio (como Ecovidrio u otros) y financiar la gestión de residuos.
- Aplicar criterios de ecodiseño:
- reducir peso donde sea razonable,
- evitar recubrimientos o decoraciones que dificulten el reciclaje,
- diseñar etiquetas que se retiren bien en el lavado,
- optimizar envases secundarios (cajas, separadores, film).
En otras palabras: el RD 1055/2022 refuerza el papel del vidrio, pero no te exime de nada.
5. Checklist rápido: ¿estás cumpliendo el RD 1055/2022?
Si ahora mismo te estás preguntando “¿y yo cómo voy?”, aquí tienes una mini auditoría express:
- Registro
- ✅ ¿Estás inscrito en el Registro de Productores de Producto (sección envases)?
- Sistema de RAP
- ✅ ¿Tienes acuerdo con el SCRAP que corresponda a tus envases (Ecovidrio, Ecoembes, otro especializado)?
- ✅ ¿Estás pagando las cuotas/punto verde y reportando datos correctamente?
- Declaraciones
- ✅ ¿Declaras cada año los envases que pones en el mercado (por material, uso y destino)?
- Diseño de envases
- ✅ ¿Has revisado peso, etiquetas, cierres y envases secundarios con criterio de ecodiseño?
- ✅ ¿Tienes documentación técnica que lo justifique?
- Etiquetado e info al consumidor
- ✅ ¿Indicas de forma clara cómo reciclar tu envase (contenedor, material)?
- ✅ ¿Evitas mensajes ambiguos tipo “100 % eco” sin base que puedan considerarse greenwashing?
Si en más de dos puntos has dudado, el RD 1055/2022 no es “un papel lejano del BOE”:
es una tarea pendiente en tu negocio.
6. Cómo usar esta norma a tu favor si vendes productos en vidrio
En lugar de ver el RD 1055/2022 como un castigo, puedes convertirlo en argumento de venta:
- Rediseñar tus botellas de vidrio para que sean más ligeras → ahorras en transporte y materia prima.
- Comunicar que tus envases cumplen con la normativa más exigente de envases en España → generas confianza.
- Apostar por envases reutilizables y retornables en ciertos canales (HORECA, venta local) → reduces residuos y destacas frente a la competencia.
El consumidor ya está cansado de promesas vacías.
Un envase bien diseñado, bien explicado y legalmente alineado habla por ti.
7. Resumen del RD 1055/2022 en una sola imagen mental
Piensa en el RD 1055/2022 como un cambio de enfoque:
- Antes:
“Vendo mi producto, el envase ya lo gestionará el sistema.” - Ahora:
“Si pongo un envase en el mercado, soy parte responsable de su final. Lo diseño mejor, lo declaro, lo financio y ayudo a que se recicle o se reutilice.”
Si trabajas con envases de vidrio, estás en un material bien posicionado para la nueva época.
La clave está en entender la norma, ponerte al día y usarla para reforzar tu propuesta de valor.

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